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Carrera
21 No. 84-48 |
ACTA DE CONSTITUCIÓN
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA CORPORACIÓN PARA EL
APOYO DE NIÑOS, JOVENES Y ADULTOS CON HIPERACTIVIDAD Y/O DÉFICIT DE
ATENCIÓN-HIDEA-
CAPITULO
I
Nombre, duración, domicilio y objeto.
ARTÍCULO 1.-
La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta se denomina CORPORACIÓN
PARA EL APOYO DE NIÑOS, JÓVENES Y ADULTOS CON HIPERACTIVIDAD Y DÉFICIT DE
ATENCIÓN – HIDEA -, tiene su domicilio en la ciudad de Santafé de Bogotá.
Se constituye como una entidad sin ánimo de lucro y su duración es de
veinte (20 años).
ARTÍCULO 2.-
El objetivo principal de la entidad consiste en:
1.
ASESORAR Y ORIENTAR
a adultos, jóvenes y padres
que tengan dificultades con niños/as que manifiesten rasgos de hiperactividad
y/o déficit de atención y requieren asesoría y orientación bien sea:
por necesidad de un diagnóstico o por apoyo respecto a la aceptación
del mismo y al camino que deben iniciar para ayudar a su hijo/a.
2.
DIVULGAR. Informar
a Padres, Colegios, Profesionales y al público en general sobre el manejo de la
hiperactividad y/o déficit de atención.
3.
CAPACITAR. Capacitación
dirigida a: Padres de niños con
hiperactividad, y/o déficit de atención; Adultos, Jóvenes y Niños con
hiperactividad y/o déficit de atención; y a educadores y profesionales.
4. PROTEGER
los intereses de los niños, jóvenes y adultos
con hiperactividad y/o déficit de atención, mediante el impulso de leyes y
proyectos de ley que protejan los intereses de los niños, jóvenes y adultos
con hiperactividad y/o déficit de atención; con la finalidad de educarse,
crecer y alcanzar una vida satisfactoria.
5. DISEÑAR PROGRAMAS Y
MATERIALES.
Diseño de materiales y programas de entrenamiento para apoyar la
capacitación de: padres de niños
con hiperactividad y/o déficit de atención; Niños, Jóvenes y Adultos con
hiperactividad y/o déficit de atención; y para Profesores y Profesionales que
difundan la información del programa.
6. CREAR GRUPOS DE APOYO.
Promover la creación de grupos de apoyo para: padres de niños con hiperactividad y/o déficit de atención;
parientes responsables y/o representantes legales de niños con hiperactividad
y/o déficit de atención; jóvenes y adultos con hiperactividad y/o déficit de
atención.
7.
PROMOVER LA INTERACCIÓN DE
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD INTERESADOS EN EL TEMA.
Generar
espacios que faciliten la interacción de Padres, Educadores, Profesionales,
Representantes del Gobierno e Instituciones Públicas o Privadas interesadas en
el tema.
8. PROCURAR CONSECUCIÓN Y
PROVISIÓN.
Procurar la consecución y provisión de medicamentos y materiales (informativos, didácticos, de diagnóstico y terapéuticos) afines con la hiperactividad y/o déficit de atención.
9. CONSECUCIÓN Y/O CANALIZACIÓN
DE RECURSOS FINANCIEROS:
Consecución de recursos que permitan desarrollar el objeto de la
Corporación.
CAPITULO
II
Disposiciones sobre el patrimonio.
ARTICULO 3.-
El patrimonio de la Corporación está constituido por las cuotas mensuales
(o anuales) canceladas por
los asociados, por aportes lícitos donados por personas naturales o jurídicas;
por los bienes que a cualquier título adquiera, incluyendo donaciones lícitas
de empresas extranjeras, o de cualquier entidad privada; y por los ingresos
provenientes de la venta de los servicios ofrecidos por la corporación.
ARTICULO 4.-
La organización y administración del patrimonio estará a cargo del
Director Ejecutivo. Sus fondos serán depositados en una cuenta corriente y
solamente se destinarán al cumplimiento de sus objetivos.
CAPITULO
III
De los asociados.
ARTICULO 5.-
Son miembros gestores
de la asociación las personas que firmaron el acta de
constitución y las que posteriormente se acepten por unanimidad, previo el
lleno de los requisitos establecidos en los presentes estatutos. El número máximo
de miembros gestores será de quince (15) personas.
Son
miembros afiliados todas las personas
naturales o jurídicas que reciban servicios de la Corporación. Los miembros afiliados no podrán participar ni con voz ni con voto en las decisiones de la
corporación.
ARTICULO 6.-
Son deberes de los asociados:
a) Cumplir
y hacer que se cumpla el objeto y propósitos de la Asociación, sus estatutos
así como las decisiones de sus órganos de dirección y administración.
b) Formular
y coordinar las políticas relacionadas con la corporación y aprobar el presupuesto anual de la misma.
c) Vigilar
y salvaguardar los intereses de la corporación.
d) Poner
en conocimiento del Representante Legal o de la Junta Directiva, los hechos que
puedan perjudicar la administración y las iniciativas que se estimen útiles
para el cumplimiento del objetivo social.
e) Velar
por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización
de los bienes de la Corporación.
ARTICULO 7.- Condiciones de Ingreso: Para ingresar como miembro gestor de la asociación se requiere tener las siguientes condiciones: a) Ser pariente de un niño con hiperactividad y/o déficit de atención (Conforme al parentesco definido por el Código Civil). b) Ser persona directamente interesada en el tema, con vocación e interés en apoyar la asociación y que sean aprobadas por el grupo de padres de niños con hiperactividad y/o déficit de atención; y adultos con hiperactividad y/o déficit de atención. PARAGRAFO.- por lo menos dos terceras partes de los miembros gestores, deberá estar formada por abuelos, padres, jóvenes o representantes legales de niños con hiperactividad y/o déficit de atención.
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