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“por la cual se dictan disposiciones en materia del
Talento Humano en Salud.
El
Congreso de Colombia”.
DECRETA:
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°.
Del objeto. La presente ley tiene por objeto
establecer las disposiciones relacionadas con los
procesos de planeación, formación, vigilancia y
control del ejercicio, desempeño y ética del Talento
Humano del área de la salud mediante la articulación
de los diferentes actores que intervienen en estos
procesos. Por Talento Humano en Salud se entiende todo
el personal que interviene en la promoción, educación,
información de la salud, prevención, diagnóstico,
tratamiento, rehabilitación y paliación de la
enfermedad de todos los habitantes del territorio
nacional dentro de la estructura organizacional de la
prestación de los servicios de salud.
Artículo 2°.
De los principios generales. El Talento Humano
del área de la Salud se regirá por los siguientes
principios generales:
Equidad:
La
formación y el desempeño del Talento Humano en Salud
deben estar orientados a proveer servicios de salud en
cantidad, oportunidad y calidad igual para todos los
habitantes de acuerdo con sus necesidades e
independiente de su capacidad de pago.
Solidaridad:
La
formación y el desempeño del Talento Humano en Salud
deben estar fundamentados en una vocación de servicio
que promueva la mutua ayuda entre las personas, las
instituciones, los sectores económicos, las regiones y
las comunidades bajo el principio de que el más fuerte
debe apoyar al más débil.
Calidad:
La
formación y el desempeño del Talento Humano en Salud,
debe caracterizarse por el logro de los mayores
beneficios posibles en la formación y la atención,
dentro de la disponibilidad de recursos del sistema
educativo y de servicios y con los menores riesgos
para los usuarios de servicios de salud. Se reconocen
en la calidad dos componentes interrelacionados: el
ejercicio idóneo de competencias propias de cada
profesión u ocupación en salud y la satisfacción y
mejoramiento de la salud de los usuarios de los
servicios.
Ética:
La
formación y el desempeño del Talento Humano en Salud,
debe estar enmarcado en el contexto cuidadoso de la
vida y la dignidad del ser humano.
Integralidad:
La
formación y el desempeño del talento humano debe
reconocer las intervenciones y actividades necesarias
para promover, conservar y recuperar la salud,
prevenir las enfermedades, realizar tratamientos y
ejecutar acciones de rehabilitación, todos ellos en
cantidad, calidad, oportunidad y eficiencia de la
salud de los individuos y las colectividades.
Concertación:
La
formación y el desempeño del Talento Humano en Salud
deben establecer espacios y mecanismos para propiciar
acercamientos conceptuales y operativos que permitan
definir líneas compartidas de acción, por parte de los
diferentes actores que intervienen en la prestación de
los servicios de salud.
Unidad:
Debe ser una característica del accionar de los
diferentes actores institucionales que intervienen en
la formación y el desempeño del Talento Humano en
Salud, que garantiza la concreción de la articulación
y la armonización de las políticas, estrategias,
instrumentos legislativos, normas, procesos y
procedimientos que rigen en sus respectivos campos de
actuación para lograr un desarrollo equilibrado y
acorde con las necesidades del país.
Efectividad:
La
formación y el desempeño del personal de salud, deben
garantizar en sus acciones el logro de resultados
eficaces en la atención de salud individual y
colectiva, mediante la utilización eficiente de los
recursos disponibles y la selección del mejor curso de
acción alternativa en términos de costos.
Artículo 3°.
De las características inherentes al accionar del
Talento Humano en Salud. Las actividades ejercidas
por el Talento Humano en la prestación de los
servicios de salud tiene características inherentes a
su accionar, así:
1.
El desempeño del Talento Humano en Salud es objeto de
vigilancia y control por parte del Estado.
2.
Las competencias propias de las profesiones y
ocupaciones según los títulos o certificados
respectivos, obtenidos legalmente deben ser respetadas
por los prestadores y aseguradores de servicios de
salud, incluyendo la individualidad de los procesos de
atención.
El
desempeño del Talento Humano en Salud lleva consigo un
compromiso y una responsabilidad social, que implica
la disposición de servicio hacia los individuos y las
colectividades sin importar creencias, raza, filiación
política u otra condición humana.
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