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REVISTA DE MEDICINA
NORMATIVIDAD
DECRETO 3039 DE 2007 DEL MINISTERIO
DE LA PROTECCIÓN SOCIAL.
PLAN NACIONAL DE SALUD PÚBLICA
2007-2008
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
DECRETO NÚMERO 3039 DE 2007
(10 de
agosto de 2007)
Por el cual se adopta
el Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
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En uso de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos
154 de la Ley 100 de 1993, 42 de la Ley 715 de 2001 y 33 de la Ley 1122 de
2007
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. PLAN
NACIONAL DE SALUD PÚBLICA. Adóptase el Plan Nacional de Salud Pública
para el cuatrienio 2007-2010, contenido en el documento que forma parte
integral del presente Decreto.
El Plan Nacional de
Salud Pública 2007-2010 será de obligatorio cumplimiento, en el ámbito de
sus competencias y obligaciones por parte de la Nación, las entidades
departamentales, distritales y municipales de salud, las entidades
promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado, las
entidades obligadas a compensar, las entidades responsables de los
regímenes especiales y de excepción y los prestadores de servicios de
salud.
ARTÍCULO 2º.
IMPLEMENTACIÓN. El Ministerio de la Protección Social deberá
desarrollar, adoptar o ajustar los documentos técnicos y expedir los
actos administrativos que se requieran para facilitar la implementación
del Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010 atendiendo las diferencias
regionales, étnicas y culturales.
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ARTÍCULO 3º.
VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
PLAN
NACIONAL DE SALUD PÚBLICA 2007-2010
CAPÍTULO I. ALCANCE
En desarrollo de las
competencias consagradas en la Constitución Política, la Ley 9 de 1979,
Ley 10 de 1990, Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Ley 691 de 2001, Ley
1122 de 2007 y la Ley 1151 de 2007, el Ministerio de la Protección Social,
como ente rector del Sistema de Protección Social, del Sistema General de
Seguridad Social en Salud - SGSSS y del sector salud, tiene la función de
proveer de manera integral, las acciones de salud individuales y
colectivas con la participación responsable de todos los sectores de la
sociedad, que mejoren la condiciones de salud de la población.
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Al Gobierno Nacional,
de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley 1122 de 2007, le
corresponde definir cada cuatro años el Plan Nacional de Salud Pública. El
Plan Nacional de Salud Pública incluye:
Las prioridades,
objetivos, metas y estrategias en salud, en coherencia con los indicadores
de situación de salud, las políticas de salud nacionales, los tratados y
convenios internacionales suscritos por el país y las políticas sociales
transversales de otros sectores.
Define las
responsabilidades en salud pública a cargo de la Nación, de las entidades
territoriales, y de
todos los actores del
Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, que se
complementarán con las acciones de los actores de otros sectores definidas
en el plan nacional de desarrollo y en los planes de desarrollo
territorial. |
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