ASOCIACIÓN COLOMBIANA
DE EPIDEMIOLOGÍA
CAPÍTULO CENTRO

 
   
 

ESTATUTOS

CAPITULO I
DEL NOMBRE, DOMICILIO Y DURACIÓN

Artículo 1.  El nombre de esta Asociación será ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EPIDEMIOLOGÍA.  (ASOCEPI)

Artículo 2. LA ASOCIACION COLOMBIANA DE EPIDEMIOLOGÍA, es una persona jurídica de derecho privado de índole profesional, académico y científico, sin ánimo de lucro, con capacidad legal para contraer  obligaciones, ejercer derechos y formar un patrimonio propio.

Artículo 3.  La Asociación Colombiana de Epidemiología tiene por domicilio legal la ciudad de Cali, Departamento del Valle, República de Colombia, con una localización en la Unidad de Epidemiología del Departamento del Microbiología, Facultad de Salud, Universidad del Valle. Sin embargo, su domicilio principal será itinerante de acuerdo al sitio de residencia de quien la presida. Podrá celebrar reuniones,  asambleas y otros eventos, en cualquier parte del país o del exterior por citación de la Junta Directiva. Podrá igualmente conformar capítulos regionales.

Artículo 4. La duración de la Asociación será indefinida pero se disolverá y liquidará por voluntad de sus miembros, reunidos en Asamblea General Nacional o por las causales establecidas en la Ley, sin perjuicio de lo que estipulen los Estatutos de la Asociación Colombiana de Epidemiología.

CAPITULO II
NATURALEZA, OBJETIVOS Y FUNCIONES
 

Artículo 5. La Asociación Colombiana de Epidemiología, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 2 de estos estatutos, es una entidad de carácter profesional, académico y científico que propenderá por el desarrollo de la epidemiología como disciplina que aporta conocimiento científico, en el área de la salud, en beneficio de la Asociación en general y de la ciencia en particular. Así mismo propugnara por el bienestar social y profesional de sus miembros.

Artículo 6. Objetivos. La Asociación Colombiana de Epidemiología tiene los siguientes objetivos:

1.    Agrupar los profesionales que trabajen en el campo de la epidemiología y la salud pública, (docencia, investigación y servicios), fomentando las buenas relaciones y el intercambio de experiencias entre sus asociados.

2.    Fomentar la divulgación de conocimientos científicos relacionados con el área de la Epidemiología y la Salud Pública.

3.    Contribuir con el desarrollo del talento humano en salud pública en general y en epidemiología en particular

4.    Contribuir con la educación continua de sus asociados a través de la realización de diferentes eventos científicos y académicos

1.    Promover el desarrollo de la investigación epidemiológica en Colombia  y la participación activa de sus asociados.

2.    Prestar servicios de asesoría y consultoría en el campo de la epidemiología y la salud pública a entidades de carácter público o privado.

3.    Fomentar la imagen de la Asociación ante la comunidad y exaltar con distinciones y premios los logros de sus miembros a través del reconocimiento de la actuación profesional, científica y gremial de sus asociados.

4.    Fomentar buenas relaciones e intercambio científico y cultural con Asociaciones e instituciones nacionales e internacionales, enfatizando en el establecimiento de nexos con otras Asociaciones de fines similares.

5.    Velar por la dignidad, bienestar profesional y protección social de sus asociados.

Artículo 7.  Para el cumplimiento de sus objetivos tendrá las siguientes funciones:

1.    Mantener actualizado el registro de epidemiólogos y salubristas públicos que laboren en el país y brindarles  información periódica sobre las actividades de la Asociación.

2.   Suministrar información periódica y actualizada sobre actividades y avances de la epidemiología, a los diferentes medios de difusión existentes.

3.    Participar activamente en los procesos de acreditación de los programas de formación en epidemiología, de las dependencias de epidemiología en los diferentes niveles de la estructura del sistema de salud, de investigación y educación; así como de los requisitos y la clasificación profesional del epidemiólogo acordes con las funciones, en apoyo a la reglamentación de la profesión.

4.    Realizar capacitación y formación científica en el campo de la epidemiología tanto para sus miembros, como para la comunidad científica en general, a través de talleres, simposios, congresos académicos; publicaciones de investigaciones o material didáctico y cualquier otro medio pertinente.

5.    Participar activamente en las investigaciones epidemiológicas que requiera el país y divulgar los resultados de las mismas.

6.    Promover la participación de los miembros de la Asociación en calidad de asesores y consultores nacionales e internacionales.

7.    Mantener y fomentar premios a la investigación epidemiológica

8.    Identificar las asociaciones nacionales e internacionales a las que pueda pertenecer la Asociación; hacer trámites de registro y mantener vigente su membresía. 

9.    Defender la dignidad humana y los intereses de grupo, de los asociados. 

 

 

 
 
     

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