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ESTATUTOS DE LA
ASOCIACION COLOMBIANA DE MENOPAUSIA Capítulo Santafé de Bogotá |
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| ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MENOPAUSIA
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CAPITULO IX Artículo 48. REQUISITOS PARA MODIFICAR LOS ESTATUTOS Proposición escrita dirigida a la Asamblea General Ordinaria de Socios, firmada por lo menos por la cuarta parte (25%) del total de los socios o por la mayoría absoluta de los miembros de la Junta Directiva. Artículo 49. El quórum para deliberar y el quórum decisorio son los establecidos en los artículos 21 y 22 de estos estatutos. PARAGRAFO 1. Solo se requerirá de una sesión para modificación de los estatutos. PARAGRAFO 2. Los casos no previstos en estos estatutos, serán resueltos en la Junta Directiva, que posteriormente informará a la Asamblea General de socios para la aprobación de sus decisiones.
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