FEDERACION ODONTOLOGICA COLOMBIANA
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

RESOLUCION No. 001 de 2001- (29 de Enero)

 

“Por la cual se convoca la XXIV Asamblea Nacional Ordinaria de Delegados de a Federación Odontológica Colombiana y se establecen normas estatutarias, reglamentarias y organizativas para el buen desarrollo de esta, la más importante instancia de la Institución

 

El  Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Odontológica Colombiana en uso de sus atribuciones estatutarias y 

                                                CONSIDERANDO: 

1.-        Que la Asamblea Nacional de Delegados de la Federación Odontológica Colombiana se debe reunir en forma ordinaria y por derecho propio, en el primer semestre de todos los años impares (Artículo 17 de los Estatutos) 

2.-        Que de acuerdo a la decisión tomada por la XXIII Asamblea Nacional ordinaria de Delegados de la Federación, reunida en la ciudad de Girardot en el mes de Junio de 1999, la próxima asamblea tiene como sede la ciudad de Cali. 

3.-        Que corresponde al Comité Ejecutivo Nacional de la Federación, convocar la Asamblea Nacional de Delegados 

4.-        Que es responsabilidad del  Comité Ejecutivo Nacional, velar por la buena marcha de la Institución y porque su suprema dirección se cumpla en armonía, orden y con unas normas claras y precisas. 

                                                  RESUELVE: 

ARTICULO PRIMERO.  Convocar la XXIV Asamblea general ordinaria de Delegados la Federación Odontológica Colombiana para los días 23 y 24 de Junio de 2001, en la ciudad de Cali.
ARTICULO SEGUNDO Acoger la proposición No. 3 aprobada en la XXI Asamblea Nacional ordinaria de Delegados celebrada en el mes de Junio de 1995 en Villa de Leiva, en el sentido de fijar una fecha previa con el objeto de que el cuerpo odontológico afiliado a la FOC pueda conocer las hojas de vida de los candidatos a la Presidencia de la Institución, así como el programa que pretenden realizar.
ARTICULO TERCERO..  Fijar la fecha del viernes 6 de abril de 2001 para que los eventuales aspirantes a la presidencia de la Federación, hagan llegar tales documentos, hasta las 6 de la tarde de dicho día, a las oficinas del Comité Ejecutivo Nacional.
ARTICULO CUARTO.  Las hojas de vida y/o programas recibidos,  serán enviados durante la semana del 16 al 20 de abril de 2001 a todos los miembros componentes de la Federación: Seccionales, Sociedades Científicas, Miembros Adherentes, Auxiliares y Estudiantiles y publicarlos en nuestra página Internet, entendiéndose que cada uno de los organismos de la FOC tendrán la responsabilidad de comunicar a sus integrantes, de esta convocatoria, que también se hará por otros medios de que dispone el Comité Ejecutivo Nacional, como es la Carta Mensual del Presidente. Considerado así que no habrá lugar para que se alegue desconocimiento de la norma, que además es obvia y la apreciamos en ejecución en cualquiera de las organizaciones de diferente tipo a las cuales unos y otros pertenecemos, cuando hacen esta clase de convocatorias estatutarias.
ARTICULO QUINTO.  Recordar el artículo 37 de los Estatutos, respecto a los requisitos que se requieren para ser presidente de la FOC: a) 10 años de afiliado, b) Haber sido Presidente o Miembro de una Junta Directiva de alguna Seccional. C) Haber pertenecido en algún cargo, al Comité Ejecutivo Nacional. D) Gozar de solvencia moral reconocida.
ARTICULO SEXTO.   Recordar así mismo el artículo 36 del Reglamento vigente, que establece que el Presidente de la FOC debe residir en la ciudad de Bogotá.
ARTICULO SEPTIMO. La presente resolución rige a partir de la fecha de Expedición. Notifíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil uno (2001)

 

 

El Presidente,                                                    El Secretario 

 

VICTOR HUGO MONTES CAMPUZANO             MARIO CALDERON JIMENEZ


PRINCIPAL FOC